La máxima nadie se excluye a sí mismo y su aplicación para la interposición del recurso de apelación en el procedimiento civil dominicano

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  • Fecha de Publicación 2017
  • Tipo de Recurso Tesis
  • Idioma es
  • Paginación   69 h....

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Editor

Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra (PUCMM)

Lugar de Publicación

Santo Domingo, República Dominicana

Resumen

La ley consigna que los plazos para ejercer las vías de los recursos empiezan a computarse a partir de la notificación de la decisión con la finalidad de que las partes puedan ejercer el derecho a los recursos en los plazos establecidos en la ley, sin embargo, en nuestro sistema de derecho actual existen criterios en contra, ha llegado a interpretarse que en virtud del principio ´´nadie se excluye a sí mismo´´ no empieza a correr para la parte que ha realizado la notificación, si la contraparte no le ha notificado lo que ya notificó, aspecto sustentado incluso por la Suprema Corte de Justicia. Aspecto que a nuestro entender va en contra del espíritu de la norma; a través de la investigación de diversas fuentes doctrinarias y jurisprudenciales, exponemos en qué consiste el objetivo de la notificación de la sentencia como acto procesal para la apertura al cómputo de los plazos, de igual forma, planteamos la aplicación del principio ´´nadie se excluye a sí mismo´´ y cómo vulnera el derecho de la parte recurrida, además de que protege a la parte que ha iniciado el cómputo del plazo para la interposición del recurso, frente al incumplimiento de un plazo legal. Llegando a la conclusión, de que es contrario a las garantías del debido proceso, y actualmente en nuestra realidad jurídica se hace innecesaria su aplicación.

Descripción

Tesis (Maestría en Procedimiento Civil) -- PUCMM, 2017

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